Diputados despachan ley que crea un subsidio al empleo de jóvenes
La Cámara de Diputados aprobó en forma unánime y sin discusión, y despachó al Gobierno para su promulgación como ley, el proyecto que crea un subsidio al empleo de jóvenes que tengan entre 18 y 24 años de edad.
El texto (Boletín 6393) fomenta el acceso a un trabajo formal de los jóvenes que hayan finalizado sus estudios de enseñanza media o de educación superior y que pertenezcan a los sectores más vulnerables de la población.
El subsidio al empleo, de cargo fiscal y que implicará un gasto aproximado de 50 mil millones de pesos para este año, no será imponible ni tributable.
Se entregará a jóvenes, entre 18 y 24 años de edad, que formen parte de un grupo familiar perteneciente al 40% más pobre de la población de Chile. El subsidio tiene dos componentes: un pago al joven trabajador y otro al empleador.
El empleador recibirá el subsidio cuando contrate jóvenes cuyas remuneraciones brutas mensuales sean inferiores a $ 360.000 y siempre que se encuentre al día en el pago de sus cotizaciones previsionales.
El monto del subsidio al empleador se pagará mensualmente y se calculará sobre la base de un porcentaje de las remuneraciones mensuales sobre las cuales se hubieren realizado las cotizaciones obligatorias, distinguiéndose 3 tramos de remuneraciones.
SENCE administrará el subsidio
En tanto, los jóvenes trabajadores dependientes tendrán derecho al subsidio, siempre que sus rentas brutas anuales sean inferiores a $ 4.320.000 en el año calendario en que se devenga el subsidio.
El beneficio se otorgará anualmente, pero el trabajador podrá optar a pagos provisionales mensuales. Asimismo, se pagará hasta el último día del mes en que el trabajador cumpla 25 años de edad, o hasta el mes en que cumpla 21 años, si a esa fecha no ha obtenido la licencia de educación media.
Sin perjuicio de lo anterior, la futura ley regula la extensión de este plazo a los trabajadores que, entre los 18 y 25 años, hayan cursado estudios regulares en las Instituciones de Educación Superior que se indican, o en los casos de maternidad.
La administración de este subsidio corresponderá al Servicio Nacional de Capacitación y Empleo (SENCE), y un Reglamento del Ministerio del Trabajo regulará los procedimientos y requisitos para la solicitud y pago del beneficio.
El texto (Boletín 6393) fomenta el acceso a un trabajo formal de los jóvenes que hayan finalizado sus estudios de enseñanza media o de educación superior y que pertenezcan a los sectores más vulnerables de la población.
El subsidio al empleo, de cargo fiscal y que implicará un gasto aproximado de 50 mil millones de pesos para este año, no será imponible ni tributable.
Se entregará a jóvenes, entre 18 y 24 años de edad, que formen parte de un grupo familiar perteneciente al 40% más pobre de la población de Chile. El subsidio tiene dos componentes: un pago al joven trabajador y otro al empleador.
El empleador recibirá el subsidio cuando contrate jóvenes cuyas remuneraciones brutas mensuales sean inferiores a $ 360.000 y siempre que se encuentre al día en el pago de sus cotizaciones previsionales.
El monto del subsidio al empleador se pagará mensualmente y se calculará sobre la base de un porcentaje de las remuneraciones mensuales sobre las cuales se hubieren realizado las cotizaciones obligatorias, distinguiéndose 3 tramos de remuneraciones.
SENCE administrará el subsidio
En tanto, los jóvenes trabajadores dependientes tendrán derecho al subsidio, siempre que sus rentas brutas anuales sean inferiores a $ 4.320.000 en el año calendario en que se devenga el subsidio.
El beneficio se otorgará anualmente, pero el trabajador podrá optar a pagos provisionales mensuales. Asimismo, se pagará hasta el último día del mes en que el trabajador cumpla 25 años de edad, o hasta el mes en que cumpla 21 años, si a esa fecha no ha obtenido la licencia de educación media.
Sin perjuicio de lo anterior, la futura ley regula la extensión de este plazo a los trabajadores que, entre los 18 y 25 años, hayan cursado estudios regulares en las Instituciones de Educación Superior que se indican, o en los casos de maternidad.
La administración de este subsidio corresponderá al Servicio Nacional de Capacitación y Empleo (SENCE), y un Reglamento del Ministerio del Trabajo regulará los procedimientos y requisitos para la solicitud y pago del beneficio.
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