Exigencia de que docentes de enseñanza básica hayan cursado carreras de 8 semestres, envía proyecto de LGE a comisión mixta

Sin embargo, más del 99 % del articulado de la iniciativa legal del Gobierno, que reemplaza la Ley Orgánica Constitucional de Enseñanza (LOCE), por la Ley General de Educación (LGE), fue aprobada por los diputados en la Sala con 70 votos a favor, 12 en contra y 2 abstenciones.

La comisión mixta, que integrarán los diputados María Antonieta Saa, Marcela Cubillos, Gabriel Silber y Marcos Espinosa, sólo discutirá la letra G del artículo 46, que norma sobre las exigencias de “personal docente idóneo” que deberán cumplir los establecimientos educacionales para recibir el reconocimiento del Ministerio de Educación.

La discrepancia se suscitió porque el Senado, en el segundo trámite constitucional, eliminó la exigencia de que los docentes de enseñanza básica posean “un título profesional o licenciatura de al menos 8 semestres en un área afín a la especialidad que imparta”, propuesta que fue rechazada por la Cámara, por 44 votos en contra, 25 a favor y 2 abstenciones.

Los cambios del Senado

En el informe que la Comisión de Educación entregó a la Sala este jueves, en el tercer trámite constitucional, se detallan los principales cambios introducidos por el Senado.

Estos, de acuerdo a lo explicitado por los personeros de Gobierno en el informe, “profundizan y amplían los principios inspiradores del sistema educativo”, “redefinen el concepto de enseñanza no formal”, “amplían y precisan los deberes del Estado en materia educacional”, “consagran la existencia de un sistema educativo mixto y el derecho a elección de los padres, y se introduce el concepto de Educación Pública”.

Los cambios también “refuerzan la normativa general que impide la discriminación arbitraria en el trato a los alumnos y alumnas, prohibiéndose expresamente ciertas conductas”, e “incorpora la definición de comunidad educativa y consagra su participación en el desarrollo del proyecto educativo”.

Asimismo, “se definen las áreas de formación diferenciada y se establecen los objetivos terminales de la Educación Media Técnico Profesional” y “se relevan los Objetivos Generales de la Educación, dado que los estándares de aprendizaje tienen que referirse a ellos, y se mejoran los objetivos terminales de la educación en sus distintos niveles”.

En materia de reconocimiento oficial, “se establece un procedimiento especial para establecimientos que no aplican evaluaciones, en las condiciones que establece la ley. Además, se mejora la normativa general que establece los requisitos de reconocimiento oficial de los establecimientos educacionales”, señaló el Gobierno, según el informe de la comisión.

Antecedentes generales

El texto (Boletín 4.970) es una ley marco que tiene por finalidad ofrecer a los chilenos el acceso a una educación de calidad, independientemente de su condición socioeconómica.

El texto se inspira en los principios de universalidad y educación permanente; calidad, equidad, autonomía, diversidad, responsabilidad, participación, flexibilidad, transparencia, integración, sustentabilidad e interculturalidad.

El proyecto impone al Estado el deber de asegurar una educación de calidad y procurar que ésta sea impartida a todos, tanto el ámbito público como el privado.

Curriculum

El proyecto reemplaza la actual estructura curricular por una educación básica de 1° a 6° año, y una educación media de 6 años, cuatro de los cuales serán de formación general y los dos últimos de formación diferenciada.

La iniciativa crea el Banco de Planes y Programas del Ministerio de Educación, que permitirá a todos los sostenedores acceder a programas que han demostrado un alto rendimiento.

También aumenta los requisitos a las personas que ejercerán como sostenedores, los que deberán tener como giro único la educación y acreditar una solvencia financiera determinada para incorporarse al sistema.

Además, la calidad de sostenedor será intransferible, y se exigirá a sus representantes legales y a los encargados administrativos de los establecimientos educacionales, tener título de una carrera de educación superior de, al menos, 8 semestres. Asimismo, la nueva ley exigirá a los sostenedores que reciban recursos públicos rendir cuenta anual sobre el uso de los mismos.

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