Por ley, "nanas" de casas particulares tendrán el derecho a descanso en días festivos

En forma unánime, el Senado respaldó el proyecto, en segundo trámite, que permite a las trabajadoras que se desempeñan puertas adentro en casas particulares, ejercer su derecho a descanso en los días feriados.



De esta forma la iniciativa que llegó a la Sala con calificación de suma urgencia, es decir, de 10 días para ser tramitada por cada rama legislativa, quedó en condiciones de ser promulgada como Ley de la República.



Durante el debate intervinieron los senadores Juan Pablo Letelier, Andrés Allamand y José Antonio Gómez quienes aseguraron que esta iniciativa es "un nuevo paso en los derechos de estas trabajadoras".



El senador Juan Pablo Letelier explicó que la Comisión de Trabajo no introdujo modificaciones a la iniciativa por lo que fue despachada a la Sala en los mismos términos que la aprobó la Cámara de Diputados. Precisó que el debate estuvo centrado en que las trabajadoras pacten por escrito junto a sus empleadores el posible traspaso de la fecha de descanso, el cual deberá ejercerse en el plazo de 90 días que se rige este derecho, "de lo contrario el acuerdo caduca".



Al respecto, el senador Andrés Allamand, explicó que "era necesario fijar un plazo para que rija el derecho a descanso fuera del día festivo porque de lo contrario, el efecto práctico que se producía era que este descanso no se producía porque quedaba en la incertidumbre".



Una opinión distinta expresó el senador José Antonio Gómez quien se mostró preocupado por esta caducidad del descanso ya que "si por alguna razón el empleador no le da el beneficio pactado dentro de los 90 días, dicho derecho caduca y no hay ninguna sanción ni procedimiento para que el empleador cumpla con el acuerdo".



En lo fundamental, el proyecto establece que las trabajadoras puertas adentro también tendrán derecho al descanso en los días en que la ley declare festivos, igualando su situación a la que actualmente rige para las trabajadoras puertas afuera.



Además se agrega un elemento de flexibilidad al contemplar la alternativa de que a través de un pacto por escrito con su empleador, la trabajadora establezca un cambio de fecha para el descanso correspondiente al festivo, el cual no podrá ejercerse más allá del plazo de 90 días.



NORMAS DE DESCANSO



De este modo la iniciativa establece que las trabajadoras que vivan en la casa su empleador tendrán derecho a un día completo de descanso a la semana, el cual podrá ser fraccionado en dos medio día, a petición del trabajador.



Tendrán derecho a descanso todos los días que la ley declare festivos, no obstante, las partes, con anterioridad podrán pactar por escrito que el descanso se efectúe en un día distinto que no podrá fijarse más allá de los 90 días siguientes al respectivo festivo.



Este derecho caducará si no se ejerce dentro de dicho plazo y no podrá compensarse en dinero, salvo que el contrato de trabajo termine antes de haberse ejercido el mencionado descanso.

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