Quieren sancionar las amenazas que reciban los fiscales o defensores públicos a través de Internet

Un grupo de senadores de la Alianza presentó una moción para complementar la legislación que aumentó las penas en contra de quienes agredan o asesinen a dichos funcionarios públicos en el ejercicio de sus funciones.



A suplir un vacío legal que se ha generado con los avances de la informática, apunta el proyecto presentado por un grupo de senadores para fortalecer la persecución de los atentados y amenazas que se realicen contra fiscales del Ministerio Público y defensores penales, mediante correos electrónicos.



Se trata de una iniciativa legal, que deberá ser estudiada por la Comisión de Constitución, que incorpora al Código Penal y al Código Orgánico de Tribunales, los delitos de amenazas realizadas a través de Internet por medio de correos electrónicos, aún cuando éstos provengan de servidores computacionales que se encuentren en el extranjero.



Según los autores del proyecto, senadores Alberto Espina, José García, Antonio Horvath, Hernán Larraín y Baldo Prokurica, "los avances de la informática han permitido nuevas modalidades de comisión de los delitos de amenazas contra estos funcionarios, estableciendo espacios de impunidad que ponen en riego los bienes jurídicos protegidos por la ley".



Cabe recordar que en diciembre de 2007 se modificó el Código Penal para introducir disposiciones destinadas a sancionar con mayor drasticidad los delitos cometidos contra fiscales del ministerio público y defensores penales.



Esa iniciativa, que tuvo su origen en una moción presentada por los senadores Alberto Espina, Hernán Larraín, Soledad Alvear, José Antonio Gómez y Pedro Muñoz, consideró que las amenazas y atentados contra fiscales y defensores socavan los pilares de la Administración de Justicia, dado que la reiteración y gravedad de los mismos puede llegar a dificultar el cumplimiento de las funciones de quienes están llamados a investigar los ilícitos y a asegurar el derecho a defensa.



AMENAZAS VÍA INTERNET



No obstante, en esa oportunidad no se consideró que los avances tecnológicos permitieran nuevas modalidades en la comisión de delitos.



Según los senadores, un ejemplo de ello son las amenazas efectuadas vía internet por medio de correos electrónicos provenientes de servidores computacionales que se encuentran en el extranjero.



Aún cuando los autores de esas misivas las hayan mandado desde Chile, se ha interpretado, que el principio de ejecución parte en el servidor, por lo que hay trabas jurisdiccionales para la persecución penal.



"La protección de la integridad de los fiscales y defensores públicos resguarda bienes jurídicos muy importantes, por ello es imprescindible que la ley penal en Chile sancione también a los que amenacen a los fiscales y defensores públicos en razón del ejercicio de sus funciones cuando esa conducta sea realizada por medio de correos electrónicos, aunque el servidor computacional que los gestione esté fuera del país", señalaron.



Por ello, el proyecto agrega al Código penal que las amenazas cometidas por medio de comunicaciones electrónicas, quedarán incorporadas en ese cuerpo legal y serán consideradas como circunstancias agravantes.



Además, incorpora disposiciones al artículo del Código Orgánico de Tribunales que enumera los crímenes y simples delitos que quedan sometidos a la jurisdicción chilena aún cuando sean perpetrados fuera del territorio de la República.



En tal sentido, incorpora a los que se cometan por un chileno o por un extranjero con residencia habitual en Chile, si para su perpetración se utilizaron medios electrónicos ubicados fuera del país.



Asimismo, señala que los delitos de amenazas cometidos por medio de comunicaciones electrónicas, se entenderán perpetrados en el despacho del fiscal o defensor amenazado. Si fuesen varios los funcionarios amenazados, el delito se entenderá cometido en el despacho del funcionario cuyo apellido paterno, alfabéticamente considerado, sea el primero en la lista de los amenazados.

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