Vallespín anuncia propuestas legislativas para asegurar remuneración de trabajadores de empresas en quiebra

“La crisis nos va a afectar sí o sí”, afirmó el diputado Patricio Vallespín al anunciar medidas para proteger los salarios de los trabajadores de empresas afectadas por la crisis económica y que se declaren en quiebra. Para ello, el legislador demócrata cristiano promoverá dos iniciativas de ley en la Cámara de Diputados las que apuntan a reformar algunos cuerpos legales relacionados con la quiebra de las empresas y las remuneraciones de los empleados.

El diputado por el Distrito 57 se entrevistará a principios de abril con la Ministra del Trabajo, Claudia Serrano, para conseguir el respaldo del gobierno para estas iniciativas que apuntan a proteger a los trabajadores, “el sector más vulnerable en época de crisis”, enfatizó.

Vallespín explicó que en la actualidad, cuando se produce la quiebra de alguna empresa los trabajadores se encuentran en el sexto lugar de prioridad respecto al pago de sus sueldos, el que muchas veces no alcanzan a recibir porque los fondos de la empresa se acaban antes, en el pago de los compromisos que por ley están en un primer orden de prelación.

Para resolver esta situación el parlamentario propone reformar el Código Civil en su artículo 2472, colocando las remuneraciones de los empleados de estas empresas, en el segundo lugar de prelación.

“El riesgo de los negocios debe ser asumido por el empleador, porque no es justo ni lógico que el trabajador deba asumir los costos y los vaivenes de la economía global”, afirmó Patricio Vallespín.

En la misma línea el diputado DC explicó que “frente a la declaración de quiebra de las empresas, muchas de estas despiden a sus trabajadores bajo las causales de “caso fortuito o fuerza mayor”, la cual no da derecho a indemnización” y agregó que “la Corte Suprema ha sostenido en sus fallos que no procede aplicar tal causal frente a la declaración de quiebra”.


En su lugar, Vallespín propondrá que en caso de quiebra se aplique la causal de “necesidades de la empresa”, porque de este modo el despido daría derecho a la indemnización por años de servicio. A su vez propondrá explicitar que los ingresos mínimos a indemnizar por cada año de servicio sean de carácter remuneracional.

Explicó que en la actualidad los Códigos Civil y del Trabajo limitan el privilegio por las indemnizaciones legales a un monto igual a tres ingresos mínimos mensuales por año de servicio, y no se indica si son remuneracionales o no. Además, la misma norma establece un límite de diez años para estas indemnizaciones, aunque el límite legal es, por regla general, de once años.

“Nos jugaremos en el Parlamento por que el límite sea por ley de once años y que los ingresos mínimos tengan carácter remuneracional, de modo tal que el trabajador obtenga la mayor cantidad de indemnización posible”, sostuvo el parlamentario.



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